Micelio
Auto18 de julio de 2022

A- de 2022

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Diana Estela Martinez Agudelo·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Adicion Sentencia De La Corte Constitucional
  • Negar por cuanto peticionario no logró demostrar que se hubiera omitido resolver alguno de los extremos de la litis, o cualquier otro punto que debía ser objeto de pronunciamiento
Adicion De Sentencia De La Corte Constitucional
  • Requisitos de procedencia excepcional
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de adición de la Sentencia T-023/22.

La anterior pretensión se circunscribió al tercer numeral de la acción de tutela, donde se solicitó que se ordenara el pago de los aportes a la seguridad social integral como consecuencia de la orden de reintegro, sin solución de continuidad.

Alegó la peticionaria que el no pago de los aportes a seguridad social generaba un incumplimiento de la sentencia de nulidad y restablecimiento del derecho.

Luego de analizar los argumentos de la memorialista, se NEGÓ la adición reclamada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. NEGAR la solicitud de adición de la Sentencia T-023 de 2022 presentada por la señora Diana Estela Martínez Angulo.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General de la Corte Constitucional COMUNICAR la presente providencia a la peticionaria, con la advertencia de que contra esta decisión no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Por Secretaría General de la Corte Constitucional COMUNICAR la presente providencia al Juzgado
  4. Cuarto. Civil Municipal de Oralidad de Soledad (Atlántico).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.